((**Es11.75**)
un año que su programa está en la censura
eclesiástica; hace un año que la imprenta tiene
los moldes hechos y compaginados, pero, hasta
ahora, no se ha recibido una respuesta definitiva.
Mientras me fue posible abrir mi corazón a S.
E. yo nunca moví un dedo sin acudir a su docto,
prudente y oportuno parecer. Pero, con mucha
amargura, he debido cortar al perder la libertad
de hablar, o bien no se me creía.
En cuanto a la música instrumental, no he visto
ninguna prohibición en el Sínodo; las reglas de la
Iglesia no me parece que se opongan, ya que en
Roma suelen hacerse las más solemnes funciones con
música instrumental, al menos las que yo he
presenciado. Con todo, en atención a los deseos
manifestados por el señor Arzobispo, después de la
fiesta de María Auxiliadora del 1875 la música
instrumental no ha tomado parte en ninguna de las
funciones de la iglesia de María Auxiliadora.
Ultimamente acompañó la procesión de san Luis,
pero sólo fuera de la iglesia y nada más.
Si se hubieran entendido las cosas en su
verdadero sentido, cuántas molestias se hubieran
evitado y cuántos disgustos menos se habrían
tenido, pues no ha habido nunca mala voluntad.
Tú, en tanto, ten siempre presente en
Jesucristo a este,
Turín, 1 de agosto de 1876.
Pobre
escribiente y servidor
JUAN BOSCO, Pbro.
El Secretario de S. E. acusó recibo de su carta
y prometió informar a Monseñor del contenido de la
misma, apenas volviera de una corta ausencia;
expresaba además que Monseñor comprendería el
comportamiento seguido y quedaría satisfecho de
ello 1. Por lo demás, mientras estaba el Beato por
Liguria, en vista de que no llegaba la aprobación
y valiéndose de su incontestable derecho, hizo
imprimir el programa y las Reglas en ((**It11.80**))
Albenga, con licencia de aquella Curia, otorgada
el 26 de julio y con la firma del canónigo
Folcheri, Vicario General. Enseguida la hizo
traducir al francés.
La cuestión del manual de los Cooperadores
Salesianos parecía relegada al olvido; pero
cuando, de allí a dos meses, pidió don Bosco
permiso para publicar el último Breve, se reavivó
más ardiente que nunca la cuestión principal.
Prueba de ello es la siguiente carta.
Rvmo. señor don Juan Bosco, Superior de los
Salesianos:
El señor Arzobispo me encarga responda a la
carta de V. S. del 5 del corriente octubre,
diciéndole que no puede permitir la publicación a
la que alude en ella, sin faltar a su deber de
custodio de las leyes canónicas.
En primer lugar, antes de publicar un Rescripto
Pontificio con indulgencias, debe ser presentado
al Ordinario del lugar, para que éste examine la
autenticidad y se
1 Carta del 2 de agosto de 1876.(**Es11.75**))
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