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((**Es11.474**) me dijo que el asunto sigue todavía bajo alto secreto, porque la comisión de los Cardenales ha dejado todo a lo que definitivamente decida el Padre Santo, a quien se presentara la Relación. Después añadió que, en cuanto a la primera duda formulada a la Comisión por el experto abogado Menghini, acerca de las dimisorias de los clérigos ad quemcumque episcopum, etc., no ha sido posible admitirla por las muy graves dificultades que presenta. Y una de las principales, >>adivina usted cual puede ser? íLa oposición hostil y constante de cierto Prelado que usted conoce muy bien! Se podría temer por ese lado una serio conflicto con la Santa Sede, que, en estos momentos en que es necesaria la mas estrecha unión de todo el Episcopado, se debe evitar totalmente. En cuanto a la otra duda, concerniente a los privilegios, y las gracias, ad instar etc., aunque la Comisión no ha aceptado la fórmula ad instar, sin embargo se ha decidido en favor de la petición, especificando los privilegios y las gracias, etc. Apenas salí del despacho del cardenal Patrizzi comuniqué al abogado Menghini, que esperaba en la calle, todas estas noticias y sostuve con él una larga conversación, de la que seguramente ya tendrá usted alguna referencia en la carta, que me ha asegurado le escribiría hoy mismo. Siento mucho decirle que yo no puedo, ni tampoco otros podrían, explicar en una carta las Personas de los Jueces, las convicciones particulares de cada uno, y las diligencias que yo he hecho, primero para saber las dificultades y después para resolverlas una a una. Tampoco el abogado Menghini ha descuidado nada de cuanto se podía hacer con leal amistad con usted. íYa ha leído usted su preciosa consultación! Al volver ayer a casa, tras la última visita a monseñor Martinelli a las seis y media de la tarde, después de haber hablado con el cardenal De-Luca, me pareció estar muy satisfecho de la buena impresión que me había quedado en el animo del uno y del otro Eminentísimo, pues se mostraron no sólo inclinados, sino vivamente interesados por favorecer en todo la buena y óptima causa de don Bosco; por todo lo cual (lo confieso) yo me esperaba una decisión ((**It11.565**)) generalmente favorable a todo, si bien no ignoraba que uno de los Cardenales, y otro mas que no es Cardenal, estaban plenamente de acuerdo para contrariarla. Se ve que el espectro, hábilmente presentado ante cualquier ruptura entre el Prelado N. N. y la Santa Sede, ha hecho mella en el animo de los tímidos Jueces, y allí donde era preciso resistir con coraza de bronce y demostrar que, mientras la Iglesia se alegra de ver el Jansenismo extinguido en toda Francia, donde tanto tiempo y con tan tristes consecuencias dominó, no puede de ningún modo tolerar, que quiera, por medio de un prelado, resucitar en el Piamonte, se haya tolerado buenamente y sin estrépito el efecto maléfico de este fantasma de la cobardía, de ningún modo justificable: illic trepidaverunt timore ubi non erat timor! (temblaron de miedo allí donde había temor). Quidquid sit (sea lo que fuere) de todo esto, y de otras varias cuestiones, que con amigable sinceridad manifesté a Menghini, en las que plenamente coincidió, puedo asegurarle con certeza, que, juntas las personas y las circunstancias expuestas, y particularmente las del tiempo en que se trató y discutió su Instancia, podemos calcular que se ha obtenido al menos el noventa por ciento en lo que la Comisión ha decidido. Puesto que, en primer lugar, no se excluye absolutamente el privilegio de las dimisorias, sino que sólo se opina que no conviene darlo ahora a perpetuidad, como se solicitaba. En segundo lugar, cuando el Instituto Salesiano tenga los privilegios que se proponían en la segunda duda: >>de qué sirve se hayan concedido los privilegios con la fómula ad instar o si los mismos privilegios, dados a los otros Institutos, hayan sido especificados? Resulta por las actas, a modo de ejemplo, que los Redentoristas (**Es11.474**))
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