((**Es11.383**)
El Arzobispo no quedó satisfecho con estas
explicaciones, por lo que volvió a la carga. <>. Lo
invitaba, por consiguiente a presentar las pruebas
de los que consideraba demostrables 1.
La parte débil de la postura del Arzobispo
estaba en la arbitraria interpretación del decreto
tridentino. No se trata en él de toda especie de
milagros, sino solamente de los que se atribuyen a
los Siervos de Dios, aún no beatificados o
canonizados.
((**It11.452**)) Así lo
explica Benedicto XIV 2.
Por consiguiente, no era aplicable a los
milagros y favores, narrados en los libritos
censurados que se decía habían sucedido por
intercesión de María Santísima, cuya canonización
no se puede poner en duda.
Ya se contará en su lugar toda la historia de
esta controversia. Aquí sólo diremos lo que se
refiere al librito en cuestión.
El Siervo de Dios se vio obligado a prepararse
una defensa modis et formis (en debida forma), que
envió a la Sagrada Congregación de Ritos en el
1878, para poner a salvo su persona y su obra,
ante la eventualidad de un recurso a Roma por
parte del Ordinario, como enseñaba la experiencia
que podía suceder de un momento a otro. Y no erró.
En efecto, en mayo de 1879 apareció un opúsculo de
Lemoyne con cincuenta y tres narraciones de
gracias recibidas, impreso en la tipografía de
Sampierdarena para las Lecturas Católicas.
Monseñor hizo un paquete con los tres volúmenes y
los envió al cardenal Bartolini, Prefecto de la
Sagrada Congregación de Ritos, acompañándolos con
una carta suya, que empezaba así:
<(**Es11.383**))
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