((**Es10.885**)
Ahora se está gestionando con la Sagrada
Congregación de Propaganda Fide la apertura de
casas y escuelas cristianas para los niños de la
isla de Hong-Kong en China y se llegará a la
definitiva conclusión tan pronto como la clemencia
del benemérito Sumo Pontífice haya concedido el
suspirado favor de la definitiva aprobación de
esta Pía Sociedad Salesiana.
JUAN BOSCO, Pbro.
((**It10.955**)) Siguen
los números VII y VIII del apéndice, que contienen
los dos ejemplares de las Constituciones
aprobadas:
el VII, tal v como fue remitido a la Sagrada
Congregación de Obispos y Regulares;
el VIII, tal y como fue impreso por la
tipografía del Oratorio en 1874.
Conviene recordar que el Padre Santo Pío IX, de
venerada recordación, quería y apreciaba tanto a
nuestro santo Fundador que repetidas veces le
concedió vivo vocis oraculo (de viva voz) plena
facultad para hacer sin más, prudentemente,
cualquier cosa para la cual hubiera debido
implorar explícita autorización de la Santa Sede,
siempre que lo considerara útil o conveniente para
promover la mayor gloria de Dios y la salvación de
las almas.
Por esto aun después de la aprobación de las
Constituciones don Bosco continuó casi siempre
admitiendo a los votos perpetuos, dispensando de
los trienales, y también expidiendo las dimisorias
para las Ordenes Mayores, incluso el Presbiterado,
a varios Hermanos antes de emitir los votos
perpetuos.
Pero, amigo como era, de haccrlo todo de la
mejor manera posible, hizo también leer y corregir
las pruebas de las Constituciones, definitivamente
aprobadas, por algunos de los nuestros y por otros
valiosos latinistas para darles la mejor forma.
Fueron muchas las correcciones, pero todas de
lenguaje y de estilo.
Y nosotros, para que el lector pueda cotejarlas
más fácilmente, ponemos progresivamente frente por
frente las páginas de los dos ejemplares: a mano
izquierda las del ejemplar aprobado, y a la
derecha la del corregido, poniendo en éste las
correcciones y variantes en letra cursiva; y
reproducimos también el facsímil de una hoja de
las primeras pruebas de la primera edición (véanse
págs. 894-895) y el trozo de otra (véanse págs.
908-909) con muchas correcciones de mano del
Santo.
NOTA.-La columna de la izquierda (VII) es copia
de las Constituciones aprobadas, en latín.
La de la derecha (VIII) es copia de la primera
edición de las Constituciones aprobadas, en latín.
En ellas van, en cursiva, las ligeras diferencias
con la anterior. No repetimos aquí la traducción
española, que ya aparece, con escasas mutaciones,
a partir de la pág. 797.
(**Es10.885**))
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