((**Es10.829**)((**It10.894**))
III
DECLARACIONES
(o manifestaciones)
ALGUNA DECLARACION SOBRE
LAS REGLAS
DE LA SOCIEDAD SALESIANA
Esta humilde Sociedad, nacida en
medio de los grandes temporales de
este siglo, alcanzó un gran
incremento, lo mismo en cuanto al
número de socios y de casas, que en
cuanto al cumplimiento del sagrado
ministerio. En consecuencia, fue
necesario modificar algunas cosas en
las Reglas, como aquí se indica
brevemente.
1. La primera exposición de las
Constituciones se modificó un poco
para acomodarla a las observaciones
que, por decreto de alabanza y
recomendación, se añadieron. De nuevo
fueron variadas un poco estas
Constituciones después del decreto de
aprobación siguiendo los consejos de
la distinguidísima Congregación de
Obispos y Regulares y la idea del
inteligente Pontífice Pío IX.
II. Principalmente hay que advertir
que, primeramente, se situó la suprema
autoridad en el Capítulo de la Casa
principal, conocida con el nombre de
Oratorio Salesiano. Pero recientemente
la multitud de asuntos, relacionados con
la misma sociedad, convenció que había de
constituirse el Capítulo Superior, como
realmente se constituyó. Este Capítulo,
tomando como suyas todas las casas de la
Sociedad, gobierna y administra todo el
proceso de la Congregación. De aquí que
natural y claramente se realizaran algunos
traslados y cambios como las obligaciones
del Rector Mayor y del Capítulo Superior.
Esto se hizo en esta tercera edición de las
Constituciones, que es la última.
III. Para ayuda del benévolo lector y del
relator, se advierte que las observaciones
(**Es10.829**))
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