((**Es10.809**)
advirtiéndoles de cuanto se fija
en el artículo 3.
Después darán los votos aquellos
que tienen derecho para elegir al
Rector, de acuerdo con el artículo
7.°, de este Capítulo.
9. El que obtuviere la mayoría
absoluta de los votos, será el
Superior General, a quien todos los
socios deberán prestar obediencia.
Terminada la elección, el Vicario
temporal comunicará el resultado a
todos los socios de la Sociedad, a fin
de que la noticia del nuevo Rector
Mayor llegue cuanto antes a su
conocimiento. Con esto cesa toda la
autoridad del Vicario temporal.
10. Si el Rector Mayor muriese, sin
haber nombrado antes un Vicario
temporal, el Capítulo Superior lo
elegirá. El Vicario así elegido cuidará
de la Sociedad hasta que se haya
realizado la elección y cumplirá todo
lo que corresponde al cargo de Vicario
temporal.
XI
LOS DEMAS SUPERIORES
1. El Prefecto y el Director espiritual
serán elegidos por el Rector. El Ecónomo y
los tres Consejeros serán elegidos por los
profesos que ya hicieron los votos perpetuos.
2. Para utilidad de la Sociedad, la
elección se hará así: el Ecónomo, el primer
año, después se elegirá cada año uno de los
consejeros.
3. Su elección se hará alrededor de la
fiesta de san Francisco de Sales, fecha en
la que suelen ser convocados todos los
Directores de las casas. Tres meses antes de
dicha fiesta, el Rector Mayor dará a conocer
a todas quién de los del Capítulo Superior
cumplirá el tiempo de su cargo, señalando el
día en que todas las casas deben hacer la
elección.
((**It10.882**)) 4.
Votarán, pues, en cada casa
(**Es10.809**))
<Anterior: 10. 808><Siguiente: 10. 810>