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((**Es10.769**) ha sido dispensado de observar aquellas formas canónicas que actualmente no son practicables, que debe intimar al tal Mélica, oírle y recibir las alegaciones y deposiciones que él presentare, y después de hacer todo esto, enviarlo a la Sagrada Congregación con la breve sentencia que pronunciará como Ordinario. Si no llegase a Roma el informe completado de esta forma, no se le podría atender al efecto; a V. E., que también es maestro en Israel, no debo ciertamente recordar que nemo damnandus nisi comprobatus nisi discussus (nadie ha de ser condenado sin pruebas y juicio). En cuanto al asunto de su segunda carta, pediré respuesta después de vacaciones a la Sagrada Congregación. Pero entretanto puedo decirle que, si don Bosco, como tengo motivo para creer, le comunicó el Decreto de la Santa Sede, con fecha 3 de abril último, de la aprobación de las Constituciones de su Congregación, por él podrá fácilmente deducir una respuesta clara a la primera de las preguntas que V. E. formula. En cuanto a los efectos que lleva aparejados la aprobación definitiva de las Constituciones, vuelvo a repetir que solicitaré en noviembre la respuesta que V. E. desea, pero fácilmente puede recibir ya informes sobre ello de tantos otros Institutos de votos simples, como hay en Italia, y más aún en Francia y en Bélgica; todos han recibido parecidas aprobaciones, y, poco más o menos, tienen la misma naturaleza. Es cuanto puedo decirle para no aparecer mudo o descortés después de las dos cartas que se dignó enviarme. Y confirmándole los sentimientos de mi distinguido y respetuoso aprecio me honro al profesarme, De V. S. Ilma. y Rvma. Roma, a 5 de octubre de 1874. Atento y s. s. S., Arzobispo de Seleucia Durante ese tiempo lanzaba otra queja el Arzobispo, porque don Bosco había rogado a un párroco de la archidiócesis que impusiera la sotana clerical a un joven feligrés dispuesto a ingresar en nuestra Sociedad. Turín, 21 de septiembre de 1874 Muy Rvdo. don Bosco: S. E. el señor Arzobispo me ordena advierta a V. S. que esta mañana se le ha comunicado una carta suya en la que ruega a un párroco de esta Diócesis que imponga la sotana a un joven para ingresar en su Congregación. Esto va contra la constante costumbre seguida en esta Diócesis y hay por lo menos grave razón para dudar de la validez y licitud de ello. Por tanto, es intención explícita de S. E. Rvma. que V. S. imponga ((**It10.845**)) el hábito de la Congregación sólo por medio de los Sacerdotes de la misma y nunca más dé (**Es10.769**))
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