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Ruega en primer lugar a V. E., crea que si
envió una circular a profesores y maestros de
escuela fue con el único fin de hacer una obra
buena mirando especialmente a los seglares, y que,
teniendo un permiso ((**It10.841**))
general, también de V. E., para predicar triduos,
novenas, ejercicios, no pensó que esto pudiera
causarle ningún disgusto. En lo sucesivo, cuando
se presenten semejantes predicaciones, a parte del
estricto personal de su casa, se acomodará con
gusto a sus justos deseos.
En cuanto a la publicación de los ejercicios en
La Unidad Católica, ruega también a V. E. que crea
en su palabra, pues no se hizo por orden suya;
antes, al contrario, sin su conocimiento, por
alguien que recibió una de esas circulares y quiso
darle mayor publicidad.
Quisiera también que V. E. se convenciera de
que, si se dejaron aquellos ejercicios, no fue por
contrariar a S. E., sino únicamente porque, no
creyéndolos oportunos y siendo pocos los que
habían respondido a la invitación, se pensó
suprimirlos, avisando sólo privadamente a los
interesados; y me aseguró que no se escribió para
esto ninguna circular, ni se emplearon, en la
comunicación, expresiones que pudieran referirse a
V. E.
Sobre las palabras irreverentes, que menciona
en su última, él pide humildemente perdón, si se
le escapó alguna, y ruega a V. E. las interprete
solamente en el sentido que él quería fueran
entendidas, y me dijo repetidas veces: <>. Por último me dijo e
insistió: <>.
Espero que V. E. me honrará considerándome
intérprete de sus deseos y ruego muy de corazón al
Señor que bendiga sus santas intenciones, logrando
se realice cuanto V. E. manifieste que es su
deseo.
Créame de V. S. Rvma.
Su
humilde servidor
Teólogo ALBERT, Vic. de Lanzo
Pero tampoco estas claras y llanas
declaraciones consiguieron calmar a Monseñor, que,
sin tardanza, envió al Secretario de la Sagrada
Congregación de Obispos y Regulares una sarta de
preguntas explicativas sobre la aplicación de
nuestras Constituciones, pidiendo, ante todo, si
verdaderamente estaban <>.
Hay que notar que todavía no tenía una copia
legalizada y por consiguiente, no considerando
suficiente la comunicación que había recibido de
don Bosco, el mismo día que había sido redactado y
firmado el Decreto, creíase con derecho a poder
decir que no sabía si había sido sancionado.
(**Es10.766**))
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