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se publicaran estas invitaciones sin su permiso, y
al mismo tiempo pedía el nombre de los
predicadores.
Don Bosco quiso evitar cuestiones. Como eran
todavía muy pocos los que habían pedido tomar
parte en el religioso retiro, les notificó que no
se darían los ejercicios y comunicó la
determinación al Arzobispo, sin mencionar el
nombre de los predicadores, puesto que ya no se
iban a predicar los ejercicios.
Monseñor no se calmó. Siguió inquiriendo
noticias a diestro y siniestro, sin dejar de
repetir que aquella disposición era una
desobediencia a la Autoridad Episcopal, ítanto más
cuanto que casi todos los maestros de las escuelas
elementales eran sacerdotes!...
El eco de esas declaraciones llegó a oídos de
don Bosco el cual, pidiéndole por favor que le
dejara hablar un instante <>, le suplicaba desistiera de tantas
cavilaciones.
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Excelencia Reverendísima:
La atención con que V. E. Rvma. vela por la
marcha de nuestra pobre Congregación, demuestra
que quiere la exacta observancia de las reglas de
la misma y de las prescripciones Eclesiásticas;
esto puede hacernos mucho bien y mantenernos
atentos a nuestros deberes. Se lo agradecemos
cordialmente. Pero hay ciertas cosas que yo no sé
comprender si van de acuerdo con el espíritu de la
Iglesia y si pueden ser útiles para los demás.
No me refiero a las cartas privadas que
frecuentemente nos ha escrito; tampoco a la
insistencia con que me reprochaba haber impreso
algunas cartas de V. S., lo cual no pasó jamás por
mi mente; hablo sólo de la carta que me hizo
escribir el 23 de agosto pasado acerca de los
planeados ejercicios espirituales a realizarse en
nuestro colegio de Lanzo, por la única razón de
que se publicaron, sin yo saberlo y sin injerencia
mía alguna, y en una fecha en la que estaba
decidido a que ya no se harían aquellos
ejercicios; parece que esto basta para quitar toda
idea de oposición a la Autoridad Eclesiástica.
Dice en ella, entre otras cosas: Semejantes
ejercicios no se pueden hacer sin el
consentimiento de la Autoridad Eclesiástica. No sé
dónde se encuentra semejante prescripción. Conozco
las disposiciones del Concilio de Trento (Ses. V,
c. 2) y las de la Sagrada Congregación de Obispos
y Regulares, según las cuales los predicadores
religiosos, no aprobados para la predicación,
deben pedir licencia en ciertos casos, y en otros
pedir la bendición del Ordinario. No ignoro lo que
prescriben las Constituciones Sinodales publicadas
por V. S.; pero todas estas ordenanzas se refieren
a iglesias públicas, en cuyo caso ciertamente me
habría uniformado; es más, antes de empezar la
predicación no habría dejado de hacer lo que la
simple conveniencia pedía.
Pero en nuestro caso se trata solamente de
algunos maestros que desean retirarse a un colegio
y allí, en vez de entretenerse en otra cosa,
dedicar una semana a los ejercicios espirituales.
También conviene recordar que nuestros sacerdotes
están aprobados por V. E. Rvma. para predicar. Que
desde los primeros tiempos del Oratorio la
Autoridad Eclesiástica concedió la facultad de
predicar a discreción triduos,
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