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apenas si ponía siete de los diecisiete artículos
del capítulo XIV, y concretamente los tres
primeros y los cuatro últimos, traducidos de esta
forma:
XIV
De los adscritos o novicios
1. Todo socio debe hacer tres pruebas antes de
ser recibido en la Congregación. La primera debe
preceder al noviciado y se llama la prueba de los
aspirantes; la segunda es precisamente la del
Noviciado y la tercera es el tiempo de los votos
trienales.
2. Para la primera prueba bastará que el
postulante haya pasado algún tiempo en una casa de
la Congregación, o haya asistido a nuestras
escuelas, mostrándose constantemente dotado de
buenas costumbres y talento.
3. Si un adulto quisiere inscribirse en nuestra
Sociedad y fuere admitido a la primera prueba,
hará antes algunos días de ejercicios
espirituales, después se le empleará por lo menos
durante algún mes en los diversos oficios de la
Congregación, de suerte que conozca y practique la
manera de vivir que desea abrazar.
4. Una vez cumplido el noviciado y aceptado el
socio en la Congregación, ((**It10.818**)) puede
el Capítulo Superior, oído el parecer del maestro
de novicios, admitirlo a los votos trienales. La
práctica de los votos trienales constituirá la
tercera prueba.
5. Durante los tres años, en los que estará
ligado el socio por los votos trienales, puede ser
enviado a cualquier casa de la Congregación, con
tal de que en ella se realicen los estudios. El
Director de esa casa tendrá en este tiempo cuidado
del nuevo socio, como maestro de novicios.
6. Durante todo este tiempo de pruebas el
maestro de novicios, o el director de la casa,
procuren recomendar e inspirar suavemente en los
nuevos socios la mortificación de los sentidos
exteriores y especialmente la sobriedad. Pero en
todo esto hay que tener prudencia, para no
debilitar excesivamente las fuerzas de los socios
y en consecuencia resulten menos aptos para
cumplir los deberes de nuestra Congregación.
7. Terminadas satisfactoriamente estas tres
pruebas, si el socio quiere realmente permanecer
en la Congregación con los votos perpetuos, puede
ser admitido por el Capítulo Superior para
emitirlos.
Por último, en el párrafo de la Fórmula de los
votos (Formula votorum), se volvió a repetir que
el novicio, antes de hacer la profesión, debe
hacer ejercicios espirituales durante diez días
(per decem dies);
se suprimió el exordio, y en su lugar se
pusieron las palabras: <>;
se expresó la referencia al nombre del Rector
Mayor en forma directa, y a su lado, en forma
indirecta, fue puesto el de su delegado: <>;
(**Es10.745**))
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