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tiempo se pudo modificar, añadir o quitar lo que
se consideraba útil para la buena marcha práctica
del Instituto.
2. Las cartas comendaticias de cuarenta y
cuatro Obispos 1 dan su opinión para conseguir el
mismo favor. Ellos mismos, al considerar la
manera, el tiempo y los medios con que se ha
fundado y los frutos espirituales, que por la
misericordia del Señor se cosecharon, reconocen en
esta Obra la mano de Dios.
3. Si se obtuvieron frutos de bendición con las
simples Reglas, hay motivo para esperarlos más
abundantes después de las observaciones hechas por
la Santa Sede y añadidas a las Constituciones.
4. Dieciséis Casas abiertas en distintas
Diócesis piden relaciones estables y determinadas
con los respectivos Ordinarios tal y como ellos
mismos lo reclaman continuamente.
5. El número de socios casi llega a los
trescientos treinta, y son cerca de siete mil los
muchachos confiados a sus cuidados; las gestiones,
ya casi terminadas, para abrir Casas en América,
en Africa y en China, hacen necesaria una regla
que libere de la incertidumbre en que vivirían los
asociados ante el temor de eventuales
modificaciones de la misma. Por el contrario, les
produciría gran consuelo e inspiraría en todos
gran confianza y aliento, si tuviesen la seguridad
de que sus Constituciones están definitivamente
aprobadas y que, por consiguiente, ellos están
unidos al Vicario de Jesucristo con lazos
estables.
6. La necesidad de un Directorio práctico de
las Constituciones, lo mismo para lo moral que
para lo material. Este es un trabajo muy
necesario, que el presbítero Juan Bosco desea
ardientemente poder realizar antes de su muerte.
7. Tanto más cuanto que, si se viere la
necesidad de modificar algún artículo de las
Constituciones, ello podrá realizarse con motivo
de la rendición de cuentas que cada tres años se
da a la Santa Sede sobre el estado moral,
religioso y material del Instituto; o bien en los
capítulos Generales, que se celebran cada tres
años. En ellos pueden modificarse y añadirse
artículos a las Constituciones, aun cuando no
tengan fuerza efectiva hasta no alcanzar la
aprobación de la Santa Sede. (Véase Regulae, cap.
6, n.° 2; y cap. 7, n.° 6).
8. El vivo deseo de que este gran asunto, el
más importante para una Congregación Eclesiástica,
se lleve a cabo por los actuales Piadosos, Doctos
y Caritativos Eminentísimos Cardenales, que la
soberana clemencia del ((**It10.787**))
Pontífice ha elegido para dar sobre esta materia
Su Iluminado Parecer.
9. Por último, a fin de que el Santo y
Admirable Pontífice, que espiritual y
materialmente se dignó cual Padre Amoroso
bendecir, proteger y aprobar esta Congregación,
sea el mismo que dé a sus Constituciones la
definitiva aprobación para mayor gloria de Dios y
de la santa Religión Católica, provecho de las
almas y gloria de la Sociedad Salesiana.
La delicada premura del Santo para llegar a la
meta era continua. Por aquellos días volvió a
presentar sus respetos, varias veces, a los
miembros de la Comisión particular.
Sostuvo una entrevista de tres horas con el
cardenal Martinelli;
1 Así dice en el original.
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