((**Es10.603**)
-íSi yo hubiese sabido de antemano cuántos
dolores, trabajos, oposiciones y contradicciones
cuesta fundar una sociedad religiosa, tal vez no
habría tenido el valor de acometer la obra!
1. Las primeras Reglas
Nacida la Pía Sociedad espontáneamente, como
acabamos de recordar, don Bosco resolvió hacer de
ella una institución compatible con la época,
compuesta de sacerdotes y seglares ejemplares,
unidos por unas simples promesas. Pero el Sumo
Pontífice Pío IX, por él mismo llamado Cofundador
de la Pía Sociedad, le hacía observar que, para
conservar la unidad de espíritu y de acción, era
necesario constituir una congregación regular, aun
cuando fuera con reglas suaves y de fácil
observancia, pero con el vínculo de los votos
religiosos, a la que podía dar el sencillo título
de Sociedad. Y le invitó a modificar, según este
plan, las Reglas ya bosquejadas. Don Bosco
asintió, y en otra audiencia presentó al Santo
Padre las Constituciones retocadas.
No podemos decir con precisión cuáles fueron.
En el quinto volumen de las Memorias Biográficas
fue publicado un ejemplar de ellas con el título:
Reglas primitivas de la Pía Sociedad de San
Francisco de Sales, presentadas por don Bosco a
Pío IX en 1858 1, que, indudablemente, es el más
antiguo que nos queda. pero >>no será tal vez una
copia posterior? Vuelto a Turín, don Bosco leyó y
corrigió muchas veces el ejemplar presentado
((**It10.663**)) al
Papa y repitió todavía diligentemente el mismo
trabajo. Tanto es así, que nosotros hemos podido
recoger y ordenar más de una docena de ejemplares
distintos, todos ellos manuscristos, y anteriores
al primer ejemplar en latín, impreso en 1867 en el
Oratorio.
Para hacer este trabajo tuvo el Santo entre
manos las reglas de otros Institutos religiosos,
no sólo antiguos, sino también modernos, como las
de la Congregación de las Escuelas de la Caridad
(Instituto Cavanis) las de los Rosminianos y las
de los Oblatos de María Virgen, fundados por el
siervo de Dios don Bruno Lanteri, en Carignano.
En el capítulo 1.° de las Reglas de los
Oblatos, aprobadas por el Papa León XII en 1826,
se lee que también estos eclesiásticos, ligados
por los tres votos simples de pobreza, castidad y
obediencia,
1 Véase: Memorias Biográficas, vol. V
-Apéndice, pág. 661.
(**Es10.603**))
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