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((**Es10.603**) -íSi yo hubiese sabido de antemano cuántos dolores, trabajos, oposiciones y contradicciones cuesta fundar una sociedad religiosa, tal vez no habría tenido el valor de acometer la obra! 1. Las primeras Reglas Nacida la Pía Sociedad espontáneamente, como acabamos de recordar, don Bosco resolvió hacer de ella una institución compatible con la época, compuesta de sacerdotes y seglares ejemplares, unidos por unas simples promesas. Pero el Sumo Pontífice Pío IX, por él mismo llamado Cofundador de la Pía Sociedad, le hacía observar que, para conservar la unidad de espíritu y de acción, era necesario constituir una congregación regular, aun cuando fuera con reglas suaves y de fácil observancia, pero con el vínculo de los votos religiosos, a la que podía dar el sencillo título de Sociedad. Y le invitó a modificar, según este plan, las Reglas ya bosquejadas. Don Bosco asintió, y en otra audiencia presentó al Santo Padre las Constituciones retocadas. No podemos decir con precisión cuáles fueron. En el quinto volumen de las Memorias Biográficas fue publicado un ejemplar de ellas con el título: Reglas primitivas de la Pía Sociedad de San Francisco de Sales, presentadas por don Bosco a Pío IX en 1858 1, que, indudablemente, es el más antiguo que nos queda. pero >>no será tal vez una copia posterior? Vuelto a Turín, don Bosco leyó y corrigió muchas veces el ejemplar presentado ((**It10.663**)) al Papa y repitió todavía diligentemente el mismo trabajo. Tanto es así, que nosotros hemos podido recoger y ordenar más de una docena de ejemplares distintos, todos ellos manuscristos, y anteriores al primer ejemplar en latín, impreso en 1867 en el Oratorio. Para hacer este trabajo tuvo el Santo entre manos las reglas de otros Institutos religiosos, no sólo antiguos, sino también modernos, como las de la Congregación de las Escuelas de la Caridad (Instituto Cavanis) las de los Rosminianos y las de los Oblatos de María Virgen, fundados por el siervo de Dios don Bruno Lanteri, en Carignano. En el capítulo 1.° de las Reglas de los Oblatos, aprobadas por el Papa León XII en 1826, se lee que también estos eclesiásticos, ligados por los tres votos simples de pobreza, castidad y obediencia, 1 Véase: Memorias Biográficas, vol. V -Apéndice, pág. 661. (**Es10.603**))
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