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acarrean tales dificultades que, sin duda,
causarán grandísimo daño a los fies confiados a
sus cuidados.
>>Por este motivo los Obispos que suscriben,
recurren a la Suprema Congregación de la Santa y
Universal Inquisición Romana, implorando las
instrucciones necesarias para saber si, atendidas
las circunstancias arriba expuestas y los
considerables males, que con razón se temen,
pueden resignarse a presentar las Bulas de su
nombramiento al respectivo obispado, para que la
autoridad civil ponga en ellas el EXEQUATUR
REGIO>>.
Y la Sagrada Congregación, con fecha 29 de
noviembre de 1876, respondía que esto podía
tolerarse <>, en razón de las
especialísimas circunstancias...
íAsí quedaba zanjada la cuestión del Exéquatur
Regio!
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