((**Es10.441**)((**It10.480**)) >>El
modus vivendi más conforme con los principios de
la Santa Sede sería el artículo 2. °, modificado
de la siguiente manera:
>>El Capítulo, la Curia, u otra autoridad
competente envíen declaración al Procurador del
Rey o a otra autoridad del Estado, de que en el
Consistorio celebrado el día... el sacerdote...
fue preconizado Obispo de..., y se expidió la
correspondiente Bula con las fórmulas
acostumbradas, o sencillamente la acostumbrada
Bula.
>>Se adoptaría esta última fórmula, pero el
Ministerio desea ponerla en ejecución en las
fiestas pascuales, si se celebran, o mejor en las
de junio, cuando el Ministerio, libre de
interpelaciones, podrá llevar a cabo su deseo sin
temor.
>>Lanza y De Falco (Ministro de Gracia y
Justicia) aseguran que, si en la práctica de lo
que arriba se expone fuere necesaria alguna
modificación de palabras, se encontrará la mayor
condescendencia.
>>Lanza aseguró además que protegerá a todo
trance los generalatos, a trueque de dimitir en su
Ministerio en caso contrario; que estudiará la
manera de resarcir a los Obispos de la dilación,
ocasionada por la necesidad, para darles posesión
de las temporalidades>>.
El primer modus vivendi fue rechazado de plano
por el Vaticano;
se acariciaba la esperanza de poder lograr el
primero de los otros tres. Así pues, si don Bosco
no había alcanzado todavía la meta, había dado un
paso de mucha importancia.
Don Miguel Rúa no hizo, en las circulares a los
directores, ninguna alusión explícita al trabajo
llevado a cabo en aquellos días por el Santo, pero
se refería claramente a él en las palabras con que
cerraba la primera circular, pidiendo oraciones
particulares para que el Señor acompañara a su
fidelísimo Siervo en la santa empresa.
<>Tal vez tengamos la gran suerte de volver a
ver la próxima semana a nuestro querido don Bosco,
que desea que se celebre ((**It10.481**)) una
gran fiesta en honor de san José. Te advierto que
ahora necesita epecialmente oraciones y
comuniones>>.
Las dos circulares de don Miguel Rúa, de las
que nos quedan los borradores y el ejemplar
enviado al Director del Colegio de Lanzo, están
sin fecha. Sin embargo, se deduce claramente que
la primera fue enviada en la primera semana de
marzo y la segunda al comienzo
(**Es10.441**))
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