((**Es10.331**)de un
edificio en el ángulo sureste de la manzana, de
acuerdo con el proyecto del 21 de julio p. pdo.
del arquitecto Formento, en sustitución del que
fue aprobado por la Junta Municipal en sesión del
2 de enero de 1868.
Añade el relator que se comunicó esta petición
a la Comisión de urbanismo en sesión del 26 de
julio p. pdo y que ésta, considerando que el
proyecto, aprobado por la Junta, presentaba una
iglesia perfectamente dispuesta en el centro de la
manzana sin añadidura de ninguna otra
construcción, y, en cambio, el nuevo proyecto
coloca la iglesia a un lado de la manzana misma, y
por tanto en posición no armónica con el conjunto,
en el cual vendría a adelantarse sobre otro lado y
de manera irregular dicho edificio añadido, y
((**It10.359**)) que,
además, las cuatro fachadas de la iglesia
faltarían a su vez a la pretendida armonía, fue
del parecer de que no se podía aprobar el cambio
pedido.
El relator pasó después a la lectura de las
observaciones presentadas por el mismo reverendo
don Bosco en su carta del 30 de julio p. pdo. En
ella, partiendo del supuesto de que la Comisión de
Urbanismo determine que se cambie el emplazamiento
de la iglesia y su dibujo, colocando la fachada de
la misma a levante, en lugar de dejarla al norte,
como había sido proyectado, insiste en que sea
aprobado el nuevo proyecto.
El relator invita a la Junta a deliberar sobre
el caso.
Y ésta: teniendo en cuenta las graves
consideraciones, en las que se apoya el voto
negativo de la Comisión de Urbanismo;
Teniendo en cuenta que el mismo reverendo don
Bosco, en su instancia del 28 de abril p. pdo.,
encaminada a obtener el permiso para empezar las
excavaciones para la construcción de la iglesia,
declaró que se ejecutaría el proyecto aprobado por
la misma Junta el 2 de enero de 1868;
Teniendo en cuenta que el Consejo Municipal, al
confirmar en sesión de 7 de julio de 1871, en
favor del peticionario, la concesión del área y un
subsidio de treinta mil liras, ya votado, para la
construcción de la misma iglesia, subordinó
expresamente esta deliberación a la previa
aprobación de los proyectos por parte de la
Comisión de Urbanismo y de la Junta;
Teniendo en cuenta que es inexacta la
interpretación, dada por dicho reverendo don
Bosco, al parecer de la Comisión de Urbanismo, en
la que, por otra parte, no se le había dado hasta
ahora comunicación oficial, atendiéndose a este
fin que la Junta deliberase con respecto al mismo,
a tenor del correspondiente reglamento;
Confirmando las anteriores conclusiones
negativas de la misma Comisión, las convierte en
su propia deliberación como respuesta a la
instancia presentada por el recurrente.
>>Qué hacer? Como se lee en un borrador de la
respuesta, don Bosco observaba que no se había
comprendido bien su proposición <>, mientras creía
<>.
<>, quedaba frustrado también
(**Es10.331**))
<Anterior: 10. 330><Siguiente: 10. 332>