((**Es10.322**)
Sagrada y Real Majestad:
En la ciudad de Turín se extiende, desde la
plaza de armas hasta el Po, un espacio muy poblado
de casi tres kilómetros de largo, sin escuelas
para los niños, ni iglesias destinadas al culto
religioso de sus numerosos habitantes.
Años atrás abrió en esa zona el abajo firmante
el Oratorio de San Luis, con escuela y patio de
recreo para los niños, pero cuando se efectuó la
prolongación de la calle dedicada a San Pío
Quinto, aquel edificio quedó dividido en dos
partes e inservible para su primer fin.
El sacerdote Juan Bosco, que suscribe, se ha
preocupado por la deplorable situación en que se
encuentran los ciudadanos católicos que habitan en
aquella zona de la ciudad, y con el fin de poner
remedio a la grave necesidad, ha adquirido, con
ayuda de caritativas y piadosas personas, un
terreno comprendido entre dicha calle de San Pío
Quinto y la calle Madama Cristina, ((**It10.349**)) que da
frente a la avenida del Rey, con la intención de
levantar una iglesia dedicada a San Juan
Evangelista, que pueda servir también para los
adultos, teniendo anejo un grandioso edificio
destinado a escuelas, hospicio y patio, donde
puedan los muchachos entretenerse durante los
recreos, particularmente en los días festivos, y
preservarlos de este modo de los peligros de la
inmoralidad, y prepararlos para algún arte u
oficio.
Con el apoyo de la Divina Providencia se
iniciaron las obras; está ya terminada la tapia y,
mientras el benemérito conde Eduardo Arborio
Mella, ingeniero, ultima los planos de la iglesia
y del anejo edificio, se están recogiendo también
los materiales y los fondos necesarios para la
proyectada construcción.
El anteproyecto, que se une a la presente
súplica, demuestra que la obra, ue constituye el
objeto de la petición, redunda indiscutiblemente
en beneficio de la población cristiana, que habita
en el mencionado barrio; mas, para llevarlo a
efecto, sería necesario proceder a la expropiación
de la pequeña longuera de tierra, señalada en
dicho anteproyecto con una raya amarilla,
propiedad del señor L. Enrique Morglia, quien se
niega a dar su consentimiento para la
correspondiente cesión.
Habiendo resultado inútiles todos los intentos
para inducir al señor Morglia a la cesión de dicha
longuera de tierra, el que suscribe se encuentra
en la necesidad de recurrir a V. S. R. M., a fin
de que, en virtud de la ley de 25 de junio de 1865
n.° 2359, tenga a bien dignarse declarar obra de
utilidad pública la proyectada construcción, y
pueda, el que suscribe, promover los oportunos
actos de expropiación de la indicada longuera de
tierra.
Para conseguir este objeto recurre a Vuestra
Sacra Real Majestad y suplica tenga a bien
dignarse declarar, en virtud de la mencionada ley
de 25 de junio de 1865, que las construcciones
señaladas en el anteproyecto, suscrito por el
ingeniero caballero Trocelli y el conde de la
Veneria en el plano anejo, son de utilidad
pública, publicando todas las demás disposiciones
legislativas sobre la expropiación del terreno
ubicado en dicho proyecto, para que pueda, el que
suscribe, llevar a término la obra proyectada en
favor de los habitantes de Turín.
Gracia que espera,
Turín, 16 de abril de 1872.
JUAN BOSCO, Pbro.
(**Es10.322**))
<Anterior: 10. 321><Siguiente: 10. 323>