((**Es10.146**)
y que sean de óptima conducta, especificaba: <>.
Por respeto a la Autoridad eclesiástica local,
modificaba también el artículo 12 así: <>.
También en el artículo siguiente, relativo a la
dependencia del colegio-internado de las
Autoridades escolásticas, añadía: <((**It10.152**))
especialmente el Delegado de Enseñanza del
distrito>>, suprimiendo el último período.
En el último artículo modificó el último
período introduciendo en él que el Ayuntamiento
podía <>.
Casi todas las observaciones y correcciones de
don Bosco fueron admitidas en el ejemplar
definitivo, que fue aprobado el 5 de junio por el
Consejo Municipal y el 12 de julio por el Consejo
Provincial Escolástico.
El Alcalde se lo comunicó a don Bosco,
asegurándole que, tan pronto como tuviese noticia
oficial de la aprobación, le enviaría dos copias
del acta, para que las firmara.
DISTRITO DE SAVONA
CIUDAD DE VARAZZE
Asunto
Colegio-internado
Varazze, 14 de julio de 1871
El señor Comendador, abogado Juan Maurizio, me
hizo saber que el Consejo Municipal Provincial
Escolástico, en sesión del 12 del corriente julio,
aprobó el contrato votado por este Consejo
Municipal el 5 de junio próximo pasado, según el
cual debe estipularse entre este Ayuntamiento y V.
S. Rvma., el contrato relativo a la dirección y
administración del colegio-internado a abrir en
esta Ciudad.
Me apresuro, pues, con la más viva satisfacción
a participárselo a fin de que pueda, entretanto,
tomar sus medidas para la apertura del
colegio-internado a primeros del próximo curso
escolar.
Tan pronto como reciba noticia oficial de dicha
aprobación, espero enviar a V. S., para su firma,
dos ejemplares del contrato, uno de los cuales
quedará en sus manos, y el otro para devolverlo a
este Ayuntamiento.
(**Es10.146**))
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