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((**Es10.146**) y que sean de óptima conducta, especificaba: <>. Por respeto a la Autoridad eclesiástica local, modificaba también el artículo 12 así: <>. También en el artículo siguiente, relativo a la dependencia del colegio-internado de las Autoridades escolásticas, añadía: <((**It10.152**)) especialmente el Delegado de Enseñanza del distrito>>, suprimiendo el último período. En el último artículo modificó el último período introduciendo en él que el Ayuntamiento podía <>. Casi todas las observaciones y correcciones de don Bosco fueron admitidas en el ejemplar definitivo, que fue aprobado el 5 de junio por el Consejo Municipal y el 12 de julio por el Consejo Provincial Escolástico. El Alcalde se lo comunicó a don Bosco, asegurándole que, tan pronto como tuviese noticia oficial de la aprobación, le enviaría dos copias del acta, para que las firmara. DISTRITO DE SAVONA CIUDAD DE VARAZZE Asunto Colegio-internado Varazze, 14 de julio de 1871 El señor Comendador, abogado Juan Maurizio, me hizo saber que el Consejo Municipal Provincial Escolástico, en sesión del 12 del corriente julio, aprobó el contrato votado por este Consejo Municipal el 5 de junio próximo pasado, según el cual debe estipularse entre este Ayuntamiento y V. S. Rvma., el contrato relativo a la dirección y administración del colegio-internado a abrir en esta Ciudad. Me apresuro, pues, con la más viva satisfacción a participárselo a fin de que pueda, entretanto, tomar sus medidas para la apertura del colegio-internado a primeros del próximo curso escolar. Tan pronto como reciba noticia oficial de dicha aprobación, espero enviar a V. S., para su firma, dos ejemplares del contrato, uno de los cuales quedará en sus manos, y el otro para devolverlo a este Ayuntamiento. (**Es10.146**))
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