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((**Es10.142**) las del curso ((**It10.147**)) técnico 1 completo, y las del bachillerato también completo, todo de acuerdo con los reglamentos y programas estatales existentes y que se prescribieren en adelante, y observando, además, las ciones que se determinen en el convenio a propósito, a deliberar por la Junta. 2.° Entregar al reverendo don Bosco la cantidad de doce mil liras al año, en concepto de estipendio para el profesorado de dichas escuelas. 3.° Entregar también al dicho don Bosco la cantidad de doce mil liras para la provisión del mobiliario para el mencionado Colegio; esta cantidad se pagará en dos mitades, la primera con motivo de la apertura del curso, la segunda durante el año; pero quedando obligado dicho don Bosco a restituir al Ayuntamiento, sin compensación alguna, muebles para uso de dicho Colegio por valor de seis mil liras, calculadas mediante informe pericial en el caso de que por cualquier circunstancia, prevista o imprevista, cesare, después del primer decenio o antes, el contrato que con él se estipulare; y en el caso de que el cese del contrato tuviese lugar después del primer decenio, la restitución sería sólo por valor de cuatro mil liras. 4.° Establecer que la duración del contrato a estipular con el dicho don Bosco será de cinco años y que, de no haber cesación del contrato, cuatro años antes del vencimiento, se supondrá tácitamente renovado por otro quinquenio. 5.° La Junta Municipal se encargará de redactar el convenio con las condiciones del contrato a estipular con el citado don Bosco, añadiendo a las mencionadas todas las que creyere oportuno; y se autorizará a la misma para servirse de la intervención del comendador Juan Maurizio, abogado, para la redacción del convenio, que después pasará al Consejo Municipal para sus deliberaciones. Y como quiera que el señor Subgobernador de este distrito ya declaró ejecutoria, el día 6 del corriente abril, la deliberación del Consejo Municipal, el suscrito se apresura a comunicársela al mencionado don Bosco para su norma; y le indica, al mismo tiempo, que este Ayuntamiento ya ha encargado al abogado Juan Maurizio que prepare, lo antes posible, un esquema de dicho convenio, encargo que él ha aceptado con mucho gusto. Es de esperar que el esquema esté preparado dentro de pocos días y, tan pronto como esté en poder de este Ayuntamiento, se reserva, el que esto escribe, invitar al antedicho don Bosco a una reunión con esta Junta Municipal para discutirlo y ponerse de acuerdo sobre el mismo, antes de entregarlo al Consejo Municipal para sus deliberaciones. ((**It10.148**)) Préciase, entretanto, el que esto escribe en confirmar al mencionado don Bosco los sentimientos de su más distinguida consideración y estima, El Alcalde A. MOMBELLO Muy reverendo señor don Juan Bosco, Turín. 1 Curso técnico.-No se trata de estudios, lecciones o actividades específicas sobre una ciencia, profesión u oficio. Constaba, como puede deducirse del programa, de varios cursos superiores al grado elemental (algo parecido, según yo pienso, a lo que en España se llamó <> en muchos colegios) en los que se ampliaban los conocimientos elementales y, en cierto modo, preparaban un poco más a los alumnos para entrar en bancos, oficinas, secretarías y profesiones comerciales o similares. (N. del T.) (**Es10.142**))
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