((**Es10.142**)
las del curso ((**It10.147**))
técnico 1 completo, y las del bachillerato también
completo, todo de acuerdo con los reglamentos y
programas estatales existentes y que se
prescribieren en adelante, y observando, además,
las ciones que se determinen en el convenio a
propósito, a deliberar por la Junta.
2.° Entregar al reverendo don Bosco la cantidad
de doce mil liras al año, en concepto de
estipendio para el profesorado de dichas escuelas.
3.° Entregar también al dicho don Bosco la
cantidad de doce mil liras para la provisión del
mobiliario para el mencionado Colegio; esta
cantidad se pagará en dos mitades, la primera con
motivo de la apertura del curso, la segunda
durante el año; pero quedando obligado dicho don
Bosco a restituir al Ayuntamiento, sin
compensación alguna, muebles para uso de dicho
Colegio por valor de seis mil liras, calculadas
mediante informe pericial en el caso de que por
cualquier circunstancia, prevista o imprevista,
cesare, después del primer decenio o antes, el
contrato que con él se estipulare; y en el caso de
que el cese del contrato tuviese lugar después del
primer decenio, la restitución sería sólo por
valor de cuatro mil liras.
4.° Establecer que la duración del contrato a
estipular con el dicho don Bosco será de cinco
años y que, de no haber cesación del contrato,
cuatro años antes del vencimiento, se supondrá
tácitamente renovado por otro quinquenio.
5.° La Junta Municipal se encargará de redactar
el convenio con las condiciones del contrato a
estipular con el citado don Bosco, añadiendo a las
mencionadas todas las que creyere oportuno; y se
autorizará a la misma para servirse de la
intervención del comendador Juan Maurizio,
abogado, para la redacción del convenio, que
después pasará al Consejo Municipal para sus
deliberaciones.
Y como quiera que el señor Subgobernador de
este distrito ya declaró ejecutoria, el día 6 del
corriente abril, la deliberación del Consejo
Municipal, el suscrito se apresura a comunicársela
al mencionado don Bosco para su norma; y le
indica, al mismo tiempo, que este Ayuntamiento ya
ha encargado al abogado Juan Maurizio que prepare,
lo antes posible, un esquema de dicho convenio,
encargo que él ha aceptado con mucho gusto.
Es de esperar que el esquema esté preparado
dentro de pocos días y, tan pronto como esté en
poder de este Ayuntamiento, se reserva, el que
esto escribe, invitar al antedicho don Bosco a una
reunión con esta Junta Municipal para discutirlo y
ponerse de acuerdo sobre el mismo, antes de
entregarlo al Consejo Municipal para sus
deliberaciones.
((**It10.148**))
Préciase, entretanto, el que esto escribe en
confirmar al mencionado don Bosco los sentimientos
de su más distinguida consideración y estima,
El Alcalde
A. MOMBELLO
Muy reverendo señor don Juan Bosco, Turín.
1 Curso técnico.-No se trata de estudios,
lecciones o actividades específicas sobre una
ciencia, profesión u oficio. Constaba, como puede
deducirse del programa, de varios cursos
superiores al grado elemental (algo parecido,
según yo pienso, a lo que en España se llamó
<> en muchos colegios) en los que se
ampliaban los conocimientos elementales y, en
cierto modo, preparaban un poco más a los alumnos
para entrar en bancos, oficinas, secretarías y
profesiones comerciales o similares. (N. del T.)
(**Es10.142**))
<Anterior: 10. 141><Siguiente: 10. 143>