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Limosna de diez liras para proveer de pan y de
ropa a los pobres jovencitos del Oratorio de San
Francisco de Sales.
Así, pues, con bondad verdaderamente paternal,
concede a todos:
1.° La bendición apostólica con indulgencia
plenaria in artículo mortis;
2.° Indulgencia de trescientos días a todos los
hombres y mujeres que explican el catecismo a los
niños. -Esta indulgencia se concede a los
catequistas y a los que van a escucharlos;
3.° La misma indulgencia de trescientos días a
los sacerdotes todas las veces que celebran la
santa misa, explican el evangelio, o exponen de
alguna otra manera la palabra de Dios a los fieles
cristianos. -Pueden ganar estas indulgencias los
sacerdotes y los fieles que van a escucharlos.
4.° Estas indulgencias son aplicables, a manera
de sufragio a las almas del purgatorio.
Mientras tengo el gusto de comunicarle estos
favores espirituales, le aseguro que los muchachos
favorecidos no dejarán de rezar conmigo a Dios
para que le colme de sus celestes bendiciones, al
tiempo que, con gratitud me profeso,
De V. S. Ilma.
Su seguro servidor
JUAN BOSCO, Pbro.
La cuestión se prolongó ante los tribunales. El
4 de octubre de 1874 se condenaba a don Bosco a
una pena económica y a la confiscación del cuadro.
El interponía recurso ante el Tribunal Supremo y
en el mismo mes para no retardar más el sorteo de
los premios, asignaba, en lugar del cuadro
confiscado, un premio de cuatro mil liras;
procedía sin más al sorteo y se lo comunicaba a
los interesados en los siguientes términos.
ORATORIO
DE SAN FRANCISCO DE SALES
Calle Cottolengo, n.° 32
TURIN
Turín, octubre 1874
Benemérito Señor:
Hace ya más de un año que recomendaba a V. S.
uno boletos de beneficencia con el título de:
Limosna de diez liras para proveer de pan y de
ropa a los pobres jovencitos del Oratorio de San
Francisco de Sales. Para animar a los donantes
hubo una persona generosa que regaló un cuadro de
la Bienaventurada Virgen de Foligno, y otra
piadosa persona que ofreció treinta premios de
cien liras cada uno a quien fuese favorecido con
la suerte el día del sorteo.
La Administración de Hacienda entendió que
había en ello una infracción a la ley de loterías
públicas, y la cuestión está todavía pendiente.
Por mi parte, queriendo ahora dar ya la debida
muestra ((**It10.1154**)) de
gratitud a mis bienhechores, he deliberado
(**Es10.1058**))
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